Las personas con demencia pueden llegar a perder la capacidad para tomar decisiones sobre su vida y es necesario que otra persona, un familiar en la mayor parte de los casos, asuma esa responsabilidad.

Es una medida de protección, no de anulación de la persona. La fórmula es revisable en el tiempo y ajustable a las necesidades.

El procedimiento legal se inicia mediante un escrito de demanda, en el que se pone en conocimiento del juez la situación de una persona que necesita apoyos para el ejercicio de su plena capacidad jurídica y, siempre que sea posible, se propone a la persona física o jurídica que puede prestar el apoyo. Por tanto, conocer la información sobre los aspectos legales y económicos es primordial para tratar estas situaciones y preservar la dignidad, derechos y bienestar de la persona afectada y su familia.

El asesoramiento por parte de expertos se hace indispensable en estos casos, para asegurar al máximo el bienestar de la persona.

Dentro de la previsión de planificación, es necesario conocer las siguientes formas de protección legal, considerando las capacidades preservadas en la toma de decisiones:

  • Poderes preventivos o especiales.

El poder preventivo es un instrumento legal mediante el cual cualquier persona puede tomar decisiones sobre sus intereses, cuando es perfectamente capaz, ante una hipotética y futura situación de incapacidad.

  • Guarda de hecho.

Será aquella persona que, sin nombramiento alguno, ni judicial ni administrativo, se encarga del cuidado de un menor, de un incapacitado o de una persona que, sin tener la incapacitación, no puede valerse por sí misma.

  • Autotutela.

Mediante este documento la persona nombra a un tutor y establece el modo de ejercitar esa tutoría sobre su persona o sus bienes. En el caso de que un familiar con demencia no haya firmado unos poderes preventivos o una autotutela, y ya no pueda tomar decisiones por sí mismo, se puede recurrir a la incapacitación.

  • Incapacitación legal: tutela y curatela.

La figura del tutor será necesaria cuando la persona sea considerada incapaz para todos los aspectos de la vida civil.

Nunca se decidirá sobre la incapacitación de una persona sin previo dictamen pericial médico acordado por un tribunal.

    • La tutela se utiliza para que la persona con demencia tenga un tutor que supla su capacidad de obrar, siendo éste su representante legal y el administrador de sus bienes.

    • La curatela se utiliza para que la persona incapacitada tenga un responsable que administre sus bienes, pero no su persona. El tutor se encargará sólo del cuidado y el curador de la administración de los bienes.

  • Documento de voluntades anticipadas o testamento vital.

Cualquier persona con capacidad suficiente y de manera libre puede expresar las instrucciones a tener en cuenta cuando se encuentre en aquella situación en que las circunstancias concurrentes no le permitan expresar personalmente la voluntad

Dichas formas legales son diferentes entre sí y requiere del asesoramiento profesional, por parte de los equipos de salud, servicios sociales o jurídicos de la zona.
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